Las indefiniciones en las Pólizas deben ser evitadas

Para los peritos, la Póliza de Seguros es lo más importante para poder ajustar un siniestro. Por ello, cuando la Póliza es un “traje a medida”, es decir, se ajusta al riesgo que se quiere cubrir, el proceso pericial suele ser sencillo.

Los problemas surgen cuando no se da esa situación, sobre todo en las coberturas de PYMES, y la Póliza no cubre los riesgos fundamentales del Asegurado o incluso los capitales asegurados no están actualizados y hay infraseguros.

Pero en muchos casos, tanto en pólizas ajustadas al riesgo como en pólizas no ajustadas a los riesgos que se pretendían cubrir, se presenta una complicación añadida como son las indefiniciones y redacciones poco claras, por no decir confusas en muchas cláusulas de la Póliza, sobre todo dentro de las referidas a las exclusiones.

Se excluye la corrosión y la erosión, pero no se indica que se refiere a los que se originan de una manera lenta y gradual, pero no a las corrosiones y erosiones accidentales e imprevistas.

Lo mismo pasa cuando el siniestro lo provoca un elemento defectuoso. No se aclara que el resto de los daños originados en otras partes de la máquina o instalación por ese elemento defectuoso sí podían estar cubiertos por la Póliza.

Igual pasa con la cobertura de las Pérdidas Consecuenciales. Normalmente, en las franquicias de tiempo no se especifica cómo se tienen que imputar los días indicados en la misma ¿días laborables?, ¿días naturales?, ¿los primeros días?, ¿se imputan proporcionalmente? Esta indefinición causa, al menos en España, muchos problemas a la hora de ajustar un siniestro.

Tampoco se suele especificar en las Pólizas de PB qué Porcentaje de Margen Bruto se debe considerar en los cálculos para calcular la indemnización ¿el del año del siniestro? ¿el del ejercicio anterior? Y si el siniestro afecta a dos ejercicios ¿cuál se tomaría?

Igualmente, no está definido en las Pólizas quién debe hacerse cargo de los extracostes, pues no se indica que éstos se deben asumir proporcionalmente a los beneficios que obtiene cada parte con los mismos.

Por último, tampoco se suele especificar dónde se deben indemnizar los costes de puesta en marcha una vez reparado el equipo o instalación siniestrada ¿bajo la cobertura de daños materiales o bajo la de pérdidas consecuenciales?

En opinión de VANTEVO CLAIMS ADVISORS, la redacción del clausulado de la Póliza es insatisfactoria y las Aseguradoras deberían mejorar su claridad y precisión evitando indefiniciones y posibles controversias que en muchos casos les perjudica.

Libro “Siniestros de Daños y Pérdidas en la Industria” del autor Roberto Revenga.

En el libro “Siniestros de Daños y Pérdidas en la Industria” del autor Roberto Revenga, editado por AGERS, se analizan siniestros reales y las principales coberturas necesarias en las empresas industriales. En el mismo, se hace énfasis en la necesidad de que las pólizas sean “trajes a medida”, es decir, se ajusten al riesgo que se desea cubrir.  También, que estas se diseñen pensando en los siniestros importantes, que es donde tienen que funcionar correctamente, para lo que es fundamental estén actualizadas las sumas aseguradas.

 

Así mismo, en el libro se destaca que con las “lecciones aprendidas” que se originan en cada siniestro, se pueden ir mejorando las condiciones de seguridad del riesgo y las coberturas de la póliza, de manera que tras un proceso de años de análisis de causas y mejoras constantes se optimice la situación del riesgo y las coberturas de la póliza.

 

En cuanto a la cobertura de pérdidas consecuenciales, se hace hincapié en la necesidad de estudiar la suma asegurada, periodo máximo de indemnización y deducible adecuados resaltando que solo funcionará la misma en los siniestros donde haya afectación de los resultados económicos, lo cual no suele ocurrir en los siniestros de corta duración.

 

Este libro, interesante sobre todo para la gente que comienza en el proceloso mundo de los seguros, se puede adquirir en AGERS (Libro físico – Siniestros de daños y pérdidas en la industria – AGERS) que es la entidad que lo edita en España.

 

 

Los problemas de la indefinición del deducible temporal en las Pólizas de Pérdidas de Beneficio o Pérdidas Consecuenciales

En los países anglosajones se interpreta que si la póliza de Pérdida de Beneficios o de Pérdidas Consecuenciales, establece un deducible o franquicia de, por ejemplo 10 días se deben considerar los 10 primeros días, con lo que no es preciso definir cómo se deben considerar esos 10 días.

Pero en España y otros países eso no es así y se debe especificar cómo se considera el deducible: ¿tomamos los 10 primeros días?, ¿los tomamos proporcionalmente al periodo de indemnización?, ¿son 10 días naturales o 10 días productivos?. Según como se interprete saldrá una cifra de indemnización diferente.

Es chocante que en la gran mayoría de las pólizas españolas de PB/PC el deducible o franquicia temporal está indefinido, es decir, no aclara cómo se debe aplicar y ello perjudica a las Aseguradoras que emiten las mismas.

En efecto la Ley 50/80 del Seguro y por lo tanto los jueces, interpretan que esa indefinición no puede perjudicar a los Asegurados y por lo tanto se debe aplicar de la manera más beneficiosa para estos últimos.

Nuestra experiencia como ajustadores nos lleva a recomendar a los Aseguradores y Corredores que se defina como se debe aplicar el deducible o franquicia temporal, pues hemos comprobado que muchas veces la referida indefinición ha generado que las relaciones entre Asegurados y Aseguradores se haya roto o deteriorado y que por no estar definida la franquicia temporal la resolución del siniestro se haya alargado en el tiempo e incluso que este haya acabado en los Juzgados.

En opinión de VANTEVO CLAIMS ADVISORS dado que la Póliza de Seguros es un contrato de adhesión, voluntario y de buena fe entre las partes, se deberían de evitar esas indefiniciones que son una fuente de problemas y conflictos a la hora de ajustar los siniestros de PB/PC en España.

Es curioso que después de tantas malas experiencias se siga sin especificar en la gran mayoría de las Pólizas españolas como se debe considerar el deducible o franquicia temporal.  Es sugerencia de VANTEVO que en vez de “10 días” se debería indicar “10 días productivos y aplicados proporcionalmente”. Lo anterior, insistimos, evitaría muchos problemas en los ajustes de este tipo de siniestros en nuestro país.